La paritaria nacional docente es un instrumento de regulación del conflicto sindical que favorece los procesos de mediación entre los actores del sistema educativo. Se trata de un espacio de diálogo para el diseño y la implementación de políticas públicas en el que lo salarial es una condición necesaria pero no suficiente.
Por Equipo CETyD
La Paritaria Nacional Docente (PND) fue regulada por el artículo 10 de la Ley de Financiamiento Educativo y el Decreto Reglamentario N.° 457/07.
La PND reúne en una misma mesa al Estado nacional (representado por los Ministerios de Educación y de Trabajo), a los Estados provinciales (representados por ministros provinciales designados a tal efecto por el Consejo Federal de Educación) y a los principales gremios de la enseñanza (CTERA, UDA, AMET, SADOP, CEA), con representación proporcional a la cantidad de afiliados. CTERA tiene cinco delegados y el resto de los gremios uno cada uno.
Es un instrumento de regulación del conflicto sindical que favorece los procesos de mediación entre los actores de gobierno del sistema educativo para contribuir a su gobernabilidad. Debe fijar el piso salarial docente en todo el país para lo que se denomina el “cargo testigo”, es decir, el docente que recién inicia su carrera y que tiene un solo cargo. Además, institucionaliza un fondo compensador financiado por el gobierno nacional para un grupo de provincias que tienen dificultades para solventar el costo acordado de salario mínimo nacional. Este mecanismo contribuye a desactivar conflictos en algunas jurisdicciones, una vez logrado el acuerdo a nivel nacional. Asimismo, otorga un marco de referencia salarial: cada provincia toma el valor fijado en la paritaria nacional y lo discute con los sindicatos en su propia jurisdicción para establecer así un nuevo piso, mayor o igual al nacional en cada jurisdicción.
Cada provincia tiene una estructura salarial docente para cada nivel educativo y, por lo general, aplica distintos porcentajes (siempre cercanos a la referencia nacional) en cada uno de ellos, según las particularidades de cada territorio. Desde la creación de la PND y, fundamentalmente, por el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Educativo, los salarios docentes se han incrementado notoriamente en términos reales, aun considerando el contexto inflacionario. Para ilustrar con un ejemplo concreto esta dinámica, el promedio ponderado del “salario testigo”, es decir, el salario de bolsillo nominal del maestro de grado con 10 años de antigüedad en educación primaria jornada simple, que se utiliza como medida de referencia a nivel nacional, pasó de $ 1916 en diciembre de 2009 a $ 13.718 en el mismo mes del año 2016. En ese mismo lapso, el Congreso midió una inflación acumulada del 219 % mientras que la evolución del salario testigo fue del 716 %.
Los sindicatos con representación nacional tienden a mejorar su comunicación con los sindicatos de base para llegar a una demanda salarial uniforme sobre el porcentaje de incremento a nivel nacional, lo que requiere de instancias gremiales territoriales consolidadas. Al mismo tiempo, los valida y fortalece como actores centrales en el sistema educativo nacional.
Los Gobiernos provinciales tienen un estímulo para convocar y establecer leyes provinciales (ocho provincias así lo hicieron tras la sanción de la Ley de Financiamiento Educativo) que regulen las negociaciones colectivas provinciales, lo que le da previsibilidad al sistema educativo. No obstante, la historia enseña que existe una presión por parte de los gobiernos provinciales (estén incluidos o no en el Fondo de Compensación Salarial) para evitar la implementación de la paritaria nacional, ya que sostienen que el aumento del sector docente se utiliza como referencia en el resto de los sectores públicos (fuerzas de seguridad, salud, administraciones provinciales, etc.) y, en esos casos, no existe la asistencia del Gobierno nacional para “compensar” el aumento salarial.
El Gobierno nacional fortalece su rol de coordinador/regulador del sistema educativo nacional y queda posicionado como el factor de nivelación supra- e interprovincial para alcanzar metas específicas en los distintos campos de la política educativa. Al mismo tiempo, lo coloca como “contraparte” de un conflicto político gremial en una temática de regulación cotidiana en el nivel territorial.
La conflictividad docente no depende de un factor único y lineal, ya sea económico, político o institucional. Tampoco existe una relación directa y significativa entre los niveles de mejora salarial y la conflictividad. Sin embargo, y aunque es temprano para verificar su impacto (la PND empezó a funcionar en 2008), se observa una tendencia a la disminución del conflicto docente a nivel nacional. En los niveles jurisdiccionales donde operan otras lógicas (sindicales, políticas, económicas) al momento de decidir el inicio de un conflicto, el funcionamiento efectivo la PND puede verse afectado.
De 2008 a 2011 la PND tuvo el acuerdo de Gobierno y sindicatos. Solo durante los años 2012 y 2013 se convocó y, luego de difíciles negociaciones, fue puesta en vigencia por decisión del Poder Ejecutivo. En 2014, tuvo una extensa negociación —con intentos de extender el acuerdo por 18 meses para quitarla como negociación de referencia para otros sectores— pero se llegó a un acuerdo, al igual que en 2015 y 2016. En ese lapso, el piso salarial mínimo docente creció de $ 1290 a inicios de 2008 a $ 9672 en enero de 2016, lo que implica una evolución del 750 % en un período en el que la inflación medida por el Congreso fue de 219 %.
El principal argumento técnico está relacionado con la inclusión del punto 4 del Acta celebrada en 2016 que dice: “… a partir de esta paritaria, el salario docente no podrá ser menor a un veinte por ciento (20 %) por encima del salario mínimo vital y móvil. Sin perjuicio de lo que se acuerde en la paritaria salarial docente, si esto ocurriere, automáticamente deberá actualizarse”; en la práctica implica que el piso mínimo salarial docente se ajusta automáticamente. Desde lo político, sostienen que al no tener escuelas a su cargo el Gobierno nacional no debe intervenir en la PND, haciéndose eco al mismo tiempo de la demanda de algunos Gobiernos provinciales para que el Gobierno nacional no negocie en soledad una pauta de referencia que luego se les traslada a otras esferas del sector público que no reciben ayuda financiera.
A la argumentación técnica del gobierno nacional, responden que esa cláusula marca un “piso” del piso salarial y no su “techo”. Con respecto a los argumentos políticos, manifiestan que: i) los gobiernos provinciales terminarán cada uno otorgando aumentos de acuerdo a sus posibilidades fiscales, sin una pauta de referencia de la ayuda nacional para las provincias con menos recursos, por lo que se profundizarán las desigualdades inter-provinciales y ii) que el corrimiento del gobierno nacional del centro de la negociación colectiva fomenta un escenario de desarticulación de las políticas educativas.
Debilita a los sindicatos con representación nacional como actores de peso en el sistema educativo nacional. Desarticula los lazos intrasindicales en los niveles nacional y federal.
Fragmenta a los Gobiernos provinciales en distintos grupos, según tengan o no recursos fiscales para afrontar la negociación colectiva y si se encuentran más cercanos a una relación de cooperación o resistencia respecto al Gobierno nacional.
Posiciona al Gobierno nacional como un mero administrador de recursos del sistema educativo nacional y ya no como coordinador/articulador del sistema, al tiempo que continua latente la posibilidad de conflictos político-sindicales en una temática que no administra en lo cotidiano. A su vez, el razonamiento que tienen algunos funcionarios por el cual “al no tener escuelas a cargo el Gobierno nacional no debe intervenir” coloca al Ministerio de Educación en las puertas de una posible reducción de funciones de gobierno en tanto este recorte de incumbencias se traslada a los distintos campos de la política educativa: a lo curricular, lo socioeducativo, el planeamiento, la infraestructura escolar, la formación docente, la formación profesional, etc. En conjunto, esta dinámica tiende a debilitar la educación pública.
Tras la Ley de Transferencia de Servicios Educativos (1991), la negociación colectiva docente pasó del ámbito nacional al jurisdiccional. Durante toda la década de 1990 y hasta entrados los años 2000, los salarios docentes sufrieron muy pocas modificaciones. Esa falta de actualización en un contexto económico recesivo fue una de las causas de la Carpa Blanca que llevaron adelante las organizaciones sindicales docentes nacionales, y que derivó en la creación del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) a fines de 1998. En los años siguientes, se sucedieron intensas negociaciones por incorporarlo a la fuente de financiamiento del Tesoro Nacional y por actualizar el monto y, tras la crisis del 2001, para lograr el pago adeudado en aquellos años, cuestión que recién se hizo efectiva entre los años 2003-2005.
La PND no puede resolver las enormes disparidades en los recursos fiscales con los que cuentan los estados provinciales para financiar la atención de los servicios estatales, que tienen un impacto fundamental en la distribución de la inversión educativa a lo largo del territorio nacional.
La PND tampoco puede resolver en el corto plazo la desigualdad, la fragmentación y las inequidades educativas entre cada una de las provincias argentinas. Por nombrar algunos números que lo ejemplifiquen: la participación de la educación en el gasto público provincial en el año 2015 varió de un mínimo de 23,3 % a un máximo de 39,4 %; la inversión por alumno en el sector estatal en ese mismo año varió de un mínimo de $ 14.100 a un máximo de $ 69.000; el salario testigo en diciembre de este año oscila desde un mínimo de $ 9300 a un máximo de $ 23.600.
Sin renunciar a ello, los actores que conforman la PND deben decidir si sigue siendo predominantemente un espacio de discusión salarial para convertirse poco a poco en un espacio de producción de políticas, en el que lo salarial sea una condición necesaria pero no suficiente.
Seguramente, la gran deuda de la PND es no haber efectivizado el convenio marco para la negociación colectiva del sector docente, tal como estaba previsto en el Decreto reglamentario del año 2007.
docentes, Educación, Empleo, paritaria, Trabajo
[…] Fuente: UNSAM […]
Si cargo testigo es el salario de un docente que recién se inicia, no se puede tomar como tal al de un docente con 10 años de antigüedad.
Graciela, no se toma el de un docente con 10 años de antiguedad, en ningún lugar dice eso, lo que sucede es que hay provincias, como por ejemplo algunas de la Patagonia, en que el salario es mas alto, siempre fué mas alto y arrancan en esos valores que vos considerás como 10 años de antiguedad pero en otra provincia.