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Derechos laborales del Siglo XXI. Reflexiones sobre la ley de regulación del teletrabajo

Modernizar la legislación laboral o actualizarla a las formas de trabajo del siglo XXI no significa recortar los derechos de los trabajadores. Tal vez esta sea la conclusión más importante que deja la reciente aprobación de la ley de teletrabajo por parte del Congreso Nacional.

Durante décadas se ha insistido con un supuesto mandato de la tecnología como responsable del fin del trabajo y de la extensión de las formas autónomas en reemplazo de las relaciones asalariadas. Lo que se viene, según esta mirada, es un mundo de individuos emprendedores que “son sus propios jefes” y que, por tanto, no les corresponde ninguno de los derechos que la legislación laboral erigió para disminuir las asimetrías propias de la relación capital-trabajo.

Pero la nueva ley de teletrabajo demuestra que no hay razón para que las nuevas modalidades laborales, incluso las que implican una utilización intensiva de tecnología, se desprendan de ese andamiaje forjado al calor de décadas de luchas de los trabajadores.

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Nota actualizada el 7 de agosto de 2020

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