Instituto de Investigación e Ingeniería Ambiental

Hacia la conservación y el uso sustentable de los humedales

Investigadorxs del Instituto de Investigación e Ingeniería Ambiental y de la Escuela de Política y Gobierno de la UNSAM, junto a otras universidades, elaboraron un documento para contribuir al debate sobre una ley de conservación de los humedales.

Actualmente se está lleva a cabo un debate en el Congreso de la Nación sobre la posibilidad de elaborar una ley de presupuestos mínimos destinada a la protección de los humedales.
En este marco, investigadorxs del 3iA elaboraron un documento junto a Ricardo Gutiérrez, Decano de la Escuela de Política y Goierno de la UNSAM, en colaboración con otras universidades.  Por parte del 3iA participaron Patricia Kandus y Rubén Quintana, ambxs investigadorxs;  y Laura Belfer, docentes de la Maestría en Gestión Ambiental.  Además, la propuesta cuenta con la adhesión de más de 200 investigadorxs y profesionales de distintas universidades y centros de investigación.

El documento está orientado a la generación de una normativa para todos los humedales del país, sustentada en una participación y discusión amplia entre todos los actores sociales involucrados.
Los territorios fluviales son valorados por su contribución a la vida, al desarrollo local y regional, y de la conservación del patrimonio natural y cultural; con lo cual es necesario una ley que contemple sus características particulares.
Aquí el Documento:

Hacia la conservación y el uso sustentable de los humedales.

Aportes y reflexiones para el tratamiento de una ley de presupuestos mínimos

El valor de los humedales cobra relevancia en el marco de la promoción del desarrollo del país a través de su contribución a la vida, al desarrollo local y regional y de la conservación del patrimonio natural y cultural. 

Los humedales se forman donde la capa freática se halla en la superficie terrestre o cerca de ella, o bien donde la superficie del suelo se cubre por aguas relativamente poco profundas de modo permanente o temporario. Se trata de ambientes sumamente diversos en cuanto a su fisonomía dado que, entre otros, incluyen bosques, pastizales, praderas, salares y cuerpos de agua poco profundos. A diferencia de otros ecosistemas, son las funciones las que permiten identificarlos como zonas particulares donde el agua es el principal factor controlador del medio y la vida. Son esas funciones las responsables de su carácter como reguladores hidrológicos frente a eventos extremos (almacenaje de agua, desaceleración de flujos), como productores naturales (elevada captura de carbono y provisión de forraje), como soporte fundamental de biodiversidad regional y como sostén de valores culturales irremplazables. 

Los humedales son sistemas variables en cuanto al almacenaje de agua en el tiempo y elásticos en su superficie. Son variables en su tamaño y pueden ocupar desde pocas decenas de metros (ej. vegas de altura, mallines patagónicos) hasta dominar paisajes enteros como en el caso de los humedales litoraleños y algunos humedales pampeanos. A su vez, se encuentran fuertemente influenciados por los ecosistemas y usos de la tierra en su vecindad, lo que determina que, más allá de los tradicionales enfoques ecosistémicos y de gestión integrada de cuencas, deban incorporarse conceptos de la ecología del paisaje para garantizar su integridad ecológica, la conservación de sus funciones y, en consecuencia, su preservación como patrimonio natural-cultural y su papel en el sostén de la vida y del bienestar de las personas. 

Todos estos factores hacen que la definición de los humedales sea compleja y su identificación y delimitación necesiten acuerdos conceptuales y conocimientos y herramientas particulares. 

En la actualidad, la existencia de los humedales en nuestro planeta se halla seriamente comprometida. La producción no sostenible, encarnada en modos actuales de extractivismo agroindustrial, forestal y minero y de especulación inmobiliaria que privilegian miradas sectoriales con rentabilidad a corto plazo, llevan a la degradación y pérdida sistemática de estos ecosistemas. A esto se suma que la estrecha vinculación de las funciones ecológicas de los humedales con el régimen hidrológico pone en evidencia su sensibilidad frente a los procesos de cambio climático, pero también manifiesta su potencial como reguladores hídricos naturales que los proyectan como futuros oasis en escenarios aún desconocidos. 

La República Argentina es parte contratante de la Convención Internacional sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971), la cual está incorporada a nuestro marco normativo mediante la Ley Nacional 23.919 que entró en vigencia en 1992. Ya para esas épocas, investigadores del Sistema Científico-Tecnológico Nacional trabajaban en su estudio y comprensión, lo que ha continuado en forma sostenida hasta la actualidad. Este trabajo ha sido realizado en forma conjunta con técnicos y profesionales del ambiente pertenecientes a la gestión pública nacional y provincial y a organizaciones de la sociedad civil. La conceptualización y creciente valoración de estos ecosistemas por parte de la ciudadanía, el reconocimiento incipiente de su importancia por parte del sector político, así como la identificación de sus amenazas son, en gran medida, fruto de este trabajo conjunto. 

Durante los últimos meses, los humedales alcanzaron un amplio protagonismo en los medios de difusión produciendo una movilización en la sociedad en general a raíz de los tremendos incendios en las islas del Delta y del valle del Río Paraná. La amplia repercusión y el reclamo de la sociedad por la conservación de estos ecosistemas, potenciados por un contexto de pandemia mundial, interpelan acerca de nuestras formas de vincularnos con la naturaleza y se asocian al derecho a la salud y a un ambiente sano, tal como lo postula nuestra Constitución Nacional. 

Estos mismos reclamos hechos de buena fe por algunos actores sociales y considerados por el sector  político han llevado al impulso del tratamiento de un proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Conservación y el Uso Sostenible de los Humedales. Sin embargo, la posibilidad de su tratamiento ha generado expectativas sobre la gestión del Delta del Paraná en particular, pero deja aún pendiente una mirada integral que contemple la diversidad de problemáticas vinculadas a la gestión de los humedales de nuestro territorio en general. Esa mirada holística e integrada es la que debería primar en todo proyecto normativo, tal como lo plantean otras leyes de presupuestos mínimos ambientales vigentes en nuestro país. 

En este marco cabe preguntar, 

  • ¿Qué se espera de una Ley de Presupuestos Mínimos de Conservación y Uso Sustentable de Humedales?
  • ¿Cuáles son los criterios básicos o mínimos de conservación y gestión que aplican en general para todos los humedales de todo el país? ¿Cuáles son los criterios específicos que deberían establecer  las provincias en un marco de articulación federal?
  • ¿Cómo se contemplan en una Ley de Humedales las variaciones regionales y provinciales en lo que respecta a la diversidad de estos ecosistemas, de sus usos y en las capacidades para su gestión?
  • ¿Qué herramientas esenciales deben figurar en la ley y cuáles deberían dejarse para la reglamentación?
  • ¿Cómo se insertan los humedales en instrumentos de gestión como el ordenamiento ambiental  del territorio en su conjunto previsto en la Ley General del Ambiente (Ley 25675) y cómo se armonizan con los ordenamientos territoriales vigentes en algunas provincias?
  • ¿Cómo se articula esta norma con otras preexistentes que ya regulan y ordenan a algunos humedales (e.g., Código de Minería, Leyes de Presupuestos Mínimos sobre bosques y glaciares)?
  • ¿Cómo se garantiza el financiamiento para efectivizar la aplicación de la ley y qué instrumentos sostendrán este financiamiento?
  • ¿Cuáles son las implicancias conceptuales, técnicas y de financiación de un inventario de humedales y cuáles son sus alcances?
  • ¿Cómo se contempla en la ley la necesaria coordinación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA)?

Entendemos que estas y otras cuestiones estructurales de la ley requieren reflexión y deberían ser discutidas y consensuadas con el espíritu de lograr un marco regulatorio aplicable, que capitalice el trabajo y conocimiento actual en la materia y permita lograr el objetivo de conservar los humedales para el desarrollo sustentable de nuestro país. Por ello, queremos destacar algunos aspectos básicos que consideramos indispensables a la hora de pensar una Ley de Presupuestos Mínimos para la Conservación y el Uso Sustentable de los Humedales.

Leé el Documento completo aquí

Nota actualizada el 18 de septiembre de 2020

No están permitidos los comentarios.